Con la finalización del plazo marcado por el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo en el que se estableció un permiso retribuido obligatorio para actividades no consideradas como esenciales, y coincidiendo con la incorporación a sus puestos de trabajo de estos servicios no esenciales, el Ministerio de Sanidad ha publicado un documento que contiene una serie Directrices de buenas prácticas en los centros de trabajo.
Estructuradas en 8 bloques destacamos alguna de estas buenas prácticas:
ANTES DE IR AL TRABAJO
No acudir al puesto de trabajo en caso de presentar cualquier sintomatología compatible con el COVID-19, haber estado en contacto estrecho con una persona afectada, incluso en ausencia de síntomas, o si se es vulnerable por edad, estar embarazada o por padecer afecciones médicas anteriores. En estos casos de vulnerabilidad, si no se pueden realizar las tareas a distancia se confirmará con el médico esta necesidad de aislamiento a efectos laborales.
DESPLAZAMIENTOS AL TRABAJO.
Utilizar las opciones de movilidad que mejor puedan garantizar la distancia interpersonal de 2 m aproximadamente.
En caso de utilizar turismo evitar viajar más de una persona por cada fila de asientos.
Se recomienda el uso de mascarilla higiénica si se utiliza transporte público.
DISTANCIA DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO
La actividad laboral deberá estar planificada de modo que se pueda mantener la distancia interpersonal aproximada de 2 metros tanto en la entrada y salida como durante la permanencia en la empresa, minimizándose el contacto con los clientes en caso de estar abiertos al público (control de acceso y aforo, distancias interpersonales…).
En caso de no poder mantenerse la distancia de seguridad se recomienda escalonar los horarios.
Facilitar las reuniones por videoconferencia dentro del mismo centro de trabajo si no se cuenta con espacios donde se pueda mantener la distancia interpersonal.
No es imprescindible usar mascarilla durante la jornada laboral si el tipo de trabajo no lo requiere y se mantiene la distancia interpersonal.
MEDIDAS ORGANIZATIVAS
Flexibilizar las entradas y salidas para evitar aglomeraciones tanto en el transporte público como en la entrada al trabajo.
Se aconseja realizar un plan de contingencia con identificación del riesgo de exposición y la adopción de las medidas de protección pertinentes.
Se adoptarán medidas específicas para las personas especialmente sensibles cuando hayan tenido que acudir al centro de trabajo.
Establecer protocolos para el caso de que una persona trabajadora presente sintomatología.
RECOMENDACIONES A LOS TRABAJADORES.
Mantener la distancia interpersonal, evitar utilizar equipos o dispositivos de otras personas trabajadoras, evitar tocarse ojos, nariz o boca, lavarse frecuentemente las manos, tirar los desechos de higiene personal inmediatamente a las papeleras….
Ante cualquier sintomatología avisar, extremar las precauciones y contactar de inmediato con los servicios médicos.
MEDIDAS DE HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
Reforzar las labores de limpieza y control de funcionamiento de dispensadores, recomendándose un registro de actividad.
GESTIÓN DE LOS RESIDUOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
La separación de residuos ordinarios se realizará de modo habitual.
Se recomiendan papeleras con pedal para los pañuelos desechables del secado de manos.
Ante un trabajador con sintomatologías en su puesto de trabajo, se aislará la papelera utilizada, depositando el contenido con doble bolsa en la fracción resto.
DESPUÉS DE IR AL TRABAJO.
Se deberán cuidar las distancias y medidas de prevención de contagios e higiene en el hogar, sobre todo si se convive con personas pertenecientes a los grupos de riesgo.
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