[et_pb_section admin_label=»Sección» fullwidth=»on» specialty=»off»][et_pb_fullwidth_slider admin_label=»Control deslizante de anchura completa» show_arrows=»on» show_pagination=»on» auto=»off» auto_ignore_hover=»off» parallax=»off» parallax_method=»off» remove_inner_shadow=»off» background_position=»default» background_size=»default» hide_content_on_mobile=»off» hide_cta_on_mobile=»off» show_image_video_mobile=»off» header_font_size=»46″ body_font_size=»16″ custom_button=»off» button_text_size=»20″ button_border_width=»2″ button_border_radius=»3″ button_letter_spacing=»0″ button_use_icon=»default» button_icon_placement=»right» button_on_hover=»on» button_border_radius_hover=»3″ button_letter_spacing_hover=»0″]

[et_pb_slide heading=»Innovación en la Comunicación en Prevención de Riesgos Laborales» background_image=»https://www.canalprl.com/wp-content/uploads/2015/11/canalPRL_estudioComunicacion_031.jpg» background_position=»default» background_size=»default» background_color=»#ffffff» alignment=»center» background_layout=»dark» allow_player_pause=»off» header_font_select=»default» body_font_select=»default» custom_button=»off» button_font_select=»default» button_use_icon=»default» button_icon_placement=»right» button_on_hover=»on»]

[/et_pb_slide]

[/et_pb_fullwidth_slider][/et_pb_section][et_pb_section admin_label=»section»][et_pb_row admin_label=»row»][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_divider admin_label=»Separador» color=»#009ee3″ show_divider=»on» height=»10″ divider_style=»solid» divider_position=»top» divider_weight=»4″ hide_on_mobile=»on»]

[/et_pb_divider][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»justified» text_font_size=»14″ use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]

2| Seguridad y Salud Laboral


2.1.- 20 años de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (1995/2015), un largo camino



Para establecer una auténtica cultura preventiva en las organizaciones es esencial informar, convencer e implicar a los responsables de las empresas y a todos los trabajadores


El 8 de noviembre de 1995 nació la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, una ley que nació con la voluntad de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, y que en su esencia establece la responsabilidad de una empresa respecto a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores mediante, básicamente, tres actividades fundamentales de gestión preventiva: la planificación de la actividad preventiva, la evaluación de los riesgos y el plan de Prevención de Riesgos Laborales.



Por lo tanto, el objetivo de la Prevención de Riesgos Laborales es proteger al trabajador de los riesgos que se derivan de su trabajo, lo que implica evitar o minimizar las causas de los accidentes y de las enfermedades derivadas de las características de cada puesto laboral. Para conseguirlo es esencial informar, convencer e implicar, a los responsables de las empresas y a todos los trabajadores, para establecer una auténtica cultura preventiva, que debe tener su reflejo en la planificación de la prevención desde el momento inicial.


En España, en el año 1995, fecha de aprobación de la Ley, el número de accidentes con baja declarados en jornada por cada 100.000 trabajadores (índice de incidencia) fue de 6,060. Desde ese año ese índice sufrió un aumento paulatino, alcanzando un índice máximo de 7,558 el año 2000 cuando comenzó a descender, de forma muy acusada, a partir del año 2008. El año 2013 el índice de incidencia bajó hasta el 2,869 y en 2014 se mantuvo prácticamente estable.



[/et_pb_text][et_pb_divider admin_label=»Separador» color=»#009ee3″ show_divider=»on» height=»10″ divider_style=»solid» divider_position=»top» divider_weight=»4″ hide_on_mobile=»on»]

[/et_pb_divider][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»justified» text_font_size=»14″ use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]

2.2.- Planificación


El Plan de Prevención de Riesgos Laborales debe ser aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda su estructura organizativa, en particular por todos sus niveles jerárquicos, y conocido por todos sus trabajadores.


Conforme establece la Constitución Española los poderes públicos velarán por la seguridad e higiene en el trabajo.



En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en materia de plan de Prevención de Riesgos Laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios.


La Prevención de Riesgos Laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de Prevención de Riesgos Laborales.


Este plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan. El plan deberá contemplar, además, aspectos relacionados con la comunicación interna y externa en este ámbito.


La planificación de la prevención en las organizaciones se materializa en los llamados “Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales”. Un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales debe responder a una serie de características esenciales, que en muchos casos son comunes a las que se utilizan en los sistemas de calidad, y excelencia EFQM. Hablamos de:

1. Globalidad y transversalidad. Los sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales deben contemplar todas las actividades de la empresa de una manera transversal e interrelacionada. Se trata de la concepción de la empresa como un todo, bien alejada de la gestión empresarial tradicional basada en departamentos estancos, con el fin de tener una visión conjunta del trabajo.


2. Oportunidad y flexibilidad: Para que tengan la efectividad adecuada, las acciones que se planifiquen en el marco de la aplicación del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales deben realizarse en el momento adecuado. Las políticas de actuación deben ser flexibles y estar acomodadas a las necesidades puntuales, a corto, medio y largo plazo tanto de la empresa como del personal.


3. Eficiencia y eficacia. La escucha activa y el estudio del entorno son fundamentales a la hora de aplicar con eficacia y eficiencia un sistema de gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Es importante que la búsqueda de la consecución de objetivos se realice tras haber analizado el origen de los problemas, no sus efectos.


4. Integración: Ligado con el punto uno. La prevención en una organización no puede estructurarse en base a una concepción tradicional de la gestión empresarial. Es necesario tener estudiada previamente e interiorizada la repercusión que cada acción derivada del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales puede tener sobre el conjunto de la empresa (y no solo sobre una parte o un departamento). Para ello, es necesario mantener un programa de mejora continua e integración empresarial basado en el estudio y análisis permanente de las ventajas e inconvenientes que cada una de las acciones establecidas presenta con respecto a los objetivos prefijados.


5. Cuantificación y periodicidad. Para conocer y valorar los niveles de cumplimiento del sistema de gestión de la Prevención de Riesgos Laborales es necesario cuantificar los resultados, aunque hablemos de intangibles. Además, la bondad del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales deberá ser revisada con una metodología y una recurrencia predeterminadas, lo que permitirá evaluar los éxitos obtenidos y corregir los defectos y las desviaciones.


6. Participación y motivación. Para implantar un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales en una organización es imprescindible que en la empresa se haya inculcado previamente una cultura preventiva. Es fundamental, por tanto, que la dirección de la empresa participe directamente en la implantación del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, actuando en varias direcciones. Por un lado, apoyando a la persona que se haya designado como responsable de la implantación y por otro lado asegurando la participación de todos los niveles de la empresa. La dirección de la empresa es responsable de asegurar la participación y cooperación activa del conjunto de los empleados y equipo de dirección.



En este sentido, hay que tener muy en cuenta que la colaboración activa con la seguridad y salud de la empresa solo será posible si existe un compromiso firme tanto por parte de la alta dirección como por parte de los empleados. La comunicación eficaz es fundamental en este punto del proceso, pues permite que todos los niveles de la organización conozcan qué es un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales y cómo se pone en marcha. Si el procedimiento de comunicación es además estratégico incorpora otras ventajas sustanciales en la adopción de los planes de prevención.


En este marco, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de Prevención de Riesgos Laborales.


Es un documento obligatorio por ley para todas las empresas, pero a su vez puede ayudar a planificar las medidas preventivas que tenemos que acometer, cuantificarlas económicamente en algunos de los casos y por lo tanto el fi único, disminuir la siniestrabilidad.


El Plan de Prevención de Riesgos Laborales debe ser aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda su estructura organizativa, en particular por todos sus niveles jerárquicos, y conocido por todos sus trabajadores. Esta obligatoriedad también es por ley, por lo que el Plan de Comunicación específico para la prevención de riesgos se vuelve una herramienta fundamental a la hora de dar cumplimiento a estas obligaciones legales de forma rápida y eficaz.

[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section][et_pb_section admin_label=»Sección» fullwidth=»off» specialty=»off» background_image=»https://www.canalprl.com/wp-content/uploads/2015/11/canalPRL_estudioComunicacion_036.jpg» transparent_background=»off» allow_player_pause=»off» inner_shadow=»off» parallax=»off» parallax_method=»off» padding_mobile=»off» make_fullwidth=»off» use_custom_width=»off» width_unit=»on» make_equal=»off» use_custom_gutter=»off» gutter_width=»3″][et_pb_row admin_label=»Fila» make_fullwidth=»on» use_custom_width=»off» width_unit=»on» use_custom_gutter=»off» gutter_width=»3″ padding_mobile=»off» allow_player_pause=»off» parallax=»off» parallax_method=»off» make_equal=»off» parallax_1=»off» parallax_method_1=»off» column_padding_mobile=»on»][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»left» text_font_size=»14″ use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]

 

 

 

 

 

 

[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section][et_pb_section admin_label=»section»][et_pb_row admin_label=»row»][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»justified» text_font_size=»14″ use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales será un documento que se conservará a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y de los representantes de los trabajadores o de los trabajadores, e incluirá, con la amplitud adecuada a la dimensión y características de la empresa, los siguientes elementos:

1. Datos identificativos de la empresa,
» Su actividad productiva,
» Número y características de los centros de trabajo
» Número de trabajadores y sus características con relevancia en la Prevención de Riesgos Laborales.

2. Estructura organizativa de la empresa,
» Identificación de las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos
» Los respectivos cauces de comunicación entre ellos, en relación con la Prevención de Riesgos Laborales.

3. Organización de la producción
» Identificación de los distintos procesos técnicos
» Las prácticas y los procedimientos organizativos existentes en la empresa, en relación con la Prevención de Riesgos Laborales.

4. La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.

5. La política, los objetivos y metas que en materia preventiva pretende alcanzar la empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que va a disponer al efecto

Las empresas de hasta 50 trabajadores que no desarrollen actividades peligrosas, podrán reflejar en un único documento el plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, donde deben incluir, al menos, los procedimientos de comunicación necesarios para cumplir la legislación vigente. Este documento será de extensión reducida y fácil comprensión, deberá estar plenamente adaptado a la actividad y tamaño de la empresa y establecerá las medidas operativas pertinentes para realizar:

» la integración de la prevención en la actividad de la empresa,
» los puestos de trabajo con riesgo
» las medidas concretas para evitarlos o reducirlos, jerarquizadas en función del nivel de riesgos, así como el plazo para su ejecución.

[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section][et_pb_section admin_label=»section»][et_pb_row admin_label=»row»][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_divider admin_label=»Separador» color=»#009ee3″ show_divider=»on» height=»10″ divider_style=»solid» divider_position=»top» divider_weight=»4″ hide_on_mobile=»on»]

[/et_pb_divider][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»center» text_font_size=»14″ use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]

< 1| La comunicación corporativa hoy| Innovación en la Comunicación en Prevención de Riesgos Laborales | 3| Comunicación y Prevención de Riesgos Laborales>

[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]

CEPYME Aragón

Departamento de Prevención de Riesgos Laborales